Prevención blanqueo de capitales
Prevención del blanqueo de capitales
Monty Global Payments y sus Agentes comparten la preocupación de la opinión pública y de las autoridades por los flujos monetarios que las actividades delictivas generan, por lo que consideramos prioritario el cumplimiento de las normas de control que permiten detectar y actuar sobre dichas actividades. En España: Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010 sobre Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, que traspone la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2005, y que establece las obligaciones que deben cumplir los sujetos obligados en función de su objeto social o actividad.
Para Monty es objetivo estratégico disponer de un sistema de prevención de blanqueo de capitales eficaz y orientado a prevenir cualquier movimiento que pueda tener su origen en actividades delictivas.
Monty Global Payments cuenta con un Área de Auditoría y Cumplimiento del Control de Blanqueo especializado en detectar operaciones sospechosas y notificarlas inmediatamente a las autoridades competentes. Como sujeto obligado, damos cumplimiento a la normativa vigente, mediante un marco global de prevención de blanqueo de capitales que está constituido por una política de identificación y aceptación de clientes, el desarrollo de programas de formación para los empleados, la implantación de los procedimientos de control interno para la detección de operaciones sospechosas y el examen especial de las mismas, así como su correspondiente comunicación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) en el momento en que se detecta cualquier tipo de actividad sospechosa, todo ello con estricto cumplimiento del deber de confidencialidad. Las políticas y procedimientos de control están recogidos en nuestro Manual de Procedimientos, que se actualiza constantemente.
La tecnología no sólo apoya la gestión del negocio, sino que sirve así mismo para dar eficiente cumplimiento a los requerimientos legales y permitir disponer en línea de toda la documentación necesaria, además de para detectar fraudes, lo que permite el blanqueo de operaciones o emisores de forma automática y activa un robusto sistema de alertas a las que se les dedica un detallado seguimiento y análisis, mediante el uso de un segundo nivel de herramientas.
El Área de Prevención de Blanqueo es la encargada de velar por el cumplimiento de las políticas y procedimientos adoptados por la entidad en materia de prevención de blanqueo de capitales, además de realizar el análisis de las operaciones sospechosas detectadas y, cuando procede, de comunicarlas al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC). El Área de Prevención de Blanqueo de Capitales notifica periódicamente sus actividades a la dirección de la compañía.
Se enumeran a continuación los principales elementos de la política de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo:
Para cualquier cuestión relacionada con el contenido de esta página o con otras cuestiones relativas a la función de Prevención de Blanqueo de Capitales, puedes escribirnos a: prevencionblanqueo@mgpsa.com.