PrevenciĆ³n blanqueo de capitales
PrevenciĆ³n del blanqueo de capitales
Monty Global Payments y sus Agentes comparten la preocupaciĆ³n de la opiniĆ³n pĆŗblica y de las autoridades por los flujos monetarios que las actividades delictivas generan, por lo que consideramos prioritario el cumplimiento de las normas de control que permiten detectar y actuar sobre dichas actividades. En EspaƱa: Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010 sobre PrevenciĆ³n de Blanqueo de Capitales y FinanciaciĆ³n del Terrorismo, que traspone la DirectivaĀ 2005/60/CEĀ del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2005, y que establece las obligaciones que deben cumplir los sujetos obligados en funciĆ³n de su objeto social o actividad.
Para Monty es objetivo estratĆ©gico disponer de un sistema de prevenciĆ³n de blanqueo de capitales eficaz y orientado a prevenir cualquier movimiento que pueda tener su origen en actividades delictivas.
Monty Global PaymentsĀ cuenta con un Ćrea de AuditorĆaĀ y Cumplimiento del Control de Blanqueo especializado en detectar operaciones sospechosas y notificarlas inmediatamente a las autoridades competentes. Como sujeto obligado, damos cumplimiento a la normativa vigente, mediante un marco global de prevenciĆ³n de blanqueo de capitales que estĆ” constituido por una polĆtica de identificaciĆ³n y aceptaciĆ³n de clientes, el desarrollo de programas de formaciĆ³n para los empleados, la implantaciĆ³n de los procedimientos de control interno para la detecciĆ³n de operaciones sospechosas y el examen especial de las mismas, asĆ como su correspondiente comunicaciĆ³n al Servicio Ejecutivo de la ComisiĆ³n de PrevenciĆ³n del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) en el momento en que se detecta cualquier tipo de actividad sospechosa, todo ello con estricto cumplimiento del deber de confidencialidad. Las polĆticas y procedimientos de control estĆ”n recogidos en nuestro Manual de Procedimientos, que se actualiza constantemente.
La tecnologĆa no sĆ³lo apoya la gestiĆ³n del negocio, sino que sirve asĆ mismo para dar eficiente cumplimiento a los requerimientos legales y permitir disponer en lĆnea de toda la documentaciĆ³n necesaria, ademĆ”s de para detectar fraudes, lo que permite elĀ blanqueo de operaciones o emisores deĀ forma automĆ”tica y activa un robusto sistema de alertas a las que se les dedica un detallado seguimiento y anĆ”lisis, mediante el uso de un segundo nivel de herramientas.
El Ćrea de PrevenciĆ³n de Blanqueo es la encargada de velar por el cumplimiento de las polĆticas y procedimientos adoptados por la entidad en materia de prevenciĆ³n de blanqueo de capitales, ademĆ”s de realizar el anĆ”lisis de las operaciones sospechosas detectadas y, cuando procede, de comunicarlas al Servicio Ejecutivo de la ComisiĆ³n de PrevenciĆ³n del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC). El Ćrea de PrevenciĆ³n de Blanqueo de Capitales notifica periĆ³dicamente sus actividades a la direcciĆ³n de la compaƱĆa.
Se enumeran a continuaciĆ³n los principales elementos de la polĆtica de prevenciĆ³n de blanqueo de capitales y financiaciĆ³n del terrorismo:
Para cualquier cuestiĆ³n relacionada con el contenido de esta pĆ”gina o con otras cuestiones relativas a la funciĆ³n de PrevenciĆ³n de Blanqueo de Capitales, puedes escribirnos a: prevencionblanqueo@mgpsa.com.